Contenido sobre Pensiones
- 1 ¿Puedo recibir PGU si ya tengo una Renta Vitalicia?
- 2 ¿Cómo postular a la PGU si tengo Renta Vitalicia?
- 3 Requisitos para acceder a la PGU teniendo Renta Vitalicia
- 4 ¿Qué monto entrega la PGU si tengo Renta Vitalicia?
- 5 ¿La PGU modifica o interfiere con mi contrato de Renta Vitalicia?
- 6 ¿Debo informar mi Renta Vitalicia al postular a la PGU?
- 7 ASESORÍA DE PENSIÓN PGU PARA SU RENTA VITALICIA
¿Puedo recibir PGU si ya tengo una Renta Vitalicia?
Las personas pensionadas bajo la modalidad de Renta Vitalicia también pueden acceder a la Pensión Garantizada Universal (PGU) si cumplen con los requisitos legales establecidos. La PGU no está limitada al sistema AFP ni al antiguo sistema del IPS, sino que se entrega a todos los mayores de 65 años que cumplan con criterios de focalización y monto de pensión, incluso si su pensión proviene de una aseguradora.
El monto recibido por concepto de Renta Vitalicia se considera al momento de evaluar si el pensionado califica para recibir la PGU completa, parcial o queda fuera del beneficio por superar el umbral permitido. Este umbral cambia cada año según reajustes legales.
¿Cómo postular a la PGU si tengo Renta Vitalicia?
El proceso de postulación a la PGU para pensionados con Renta Vitalicia es simple y puede hacerse tanto en línea como presencial. El trámite está habilitado a través del sitio de ChileAtiende, oficinas del IPS, o con ayuda de un Asesor Previsional.
Es importante contar con los documentos requeridos y tener actualizados los datos en el Registro Social de Hogares.
Documentos necesarios para postular a la PGU con Renta Vitalicia:
- Cédula de identidad vigente
- Comprobante de pensión emitido por la aseguradora
- Registro de residencia en Chile, si se requiere verificación adicional
Una vez aprobado, el beneficio se entrega mensualmente a través del IPS o BancoEstado, sin alterar el contrato de Renta Vitalicia con la aseguradora.
Requisitos para acceder a la PGU teniendo Renta Vitalicia
La siguiente tabla resume las condiciones principales que debe cumplir una persona pensionada bajo modalidad de Renta Vitalicia para recibir la PGU:
| Requisito | Descripción |
|---|---|
| Edad | Tener 65 años o más, sin importar si ya está pensionado(a) |
| Modalidad de pensión | Puede ser Renta Vitalicia, Retiro Programado o no tener pensión |
| Monto de pensión | Debe ser inferior al umbral anual definido (actualmente $729.764) |
| Residencia | 20 años en Chile desde los 20 años de edad, y al menos 4 de los últimos 5 años de forma continua |
| Focalización | No pertenecer al 10% de mayores ingresos del país |
¿Qué monto entrega la PGU si tengo Renta Vitalicia?
La PGU entrega hasta $214.296 mensuales (valor año 2025). Si la pensión mensual por Renta Vitalicia es inferior al umbral definido, el monto PGU se calcula como un complemento. Por ejemplo, si una persona recibe $150.000 como pensión, la PGU cubrirá la diferencia hasta completar un ingreso mínimo definido.
¿La PGU modifica o interfiere con mi contrato de Renta Vitalicia?
No. La PGU es un beneficio estatal independiente del contrato que el pensionado mantiene con su aseguradora. La pensión mensual entregada por la compañía de seguros se mantiene intacta, y la PGU se suma como ingreso adicional.
¿Debo informar mi Renta Vitalicia al postular a la PGU?
Sí. El monto de pensión que recibe la persona debe estar debidamente informado, ya que se utiliza para verificar si califica bajo el umbral de ingresos que permite acceder al beneficio. Esta información se obtiene directamente desde los registros del sistema previsional y aseguradoras.
ASESORÍA DE PENSIÓN PGU PARA SU RENTA VITALICIA
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